Respuesta rápida: En España, los premios de lotería están exentos hasta 40.000 € por décimo, fracción o apuesta. Por encima de esa cantidad se aplica un gravamen especial del 20 % solo sobre el exceso, que el banco o punto de pago retiene automáticamente al cobrar. Así, el Gordo de Navidad (400.000 € por décimo) deja 328.000 € netos.
Por el equipo de Serviloto, Administración de Loterías nº 40 de Málaga.
| Premio por décimo o apuesta | Parte exenta | Parte que tributa | Impuesto (20 %) | Cobras neto |
|---|---|---|---|---|
| 20.000 € | 20.000 € | 0 € | 0 € | 20.000 € |
| 40.000 € | 40.000 € | 0 € | 0 € | 40.000 € |
| 50.000 € | 40.000 € | 10.000 € | 2.000 € | 48.000 € |
| 125.000 € | 40.000 € | 85.000 € | 17.000 € | 108.000 € |
| 400.000 € | 40.000 € | 360.000 € | 72.000 € | 328.000 € |
| 1.000.000 € | 40.000 € | 960.000 € | 192.000 € | 808.000 € |
Sí. Desde hace años, los premios de loterías y apuestas del Estado, comunidades autónomas, Cruz Roja y entidades análogas europeas están sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a través de un gravamen especial. Esto afecta a loterías como la Primitiva, el Euromillones, la Bonoloto o la Lotería de Navidad, entre otras.
La normativa establece una cantidad exenta de tributación por décimo, fracción o apuesta premiada. Los primeros euros del premio no pagan impuestos; a partir de ese límite, el resto del importe sí queda sujeto al gravamen especial. Este umbral se actualiza periódicamente, por lo que conviene consultar la cuantía vigente en el momento de cobrar el premio.
Sobre la parte del premio que supera el importe exento se aplica un porcentaje de retención fijo, que la propia entidad pagadora (loterías y apuestas del Estado, entidad bancaria, etc.) descuenta directamente antes de abonar el premio. Es decir, el jugador recibe el importe neto, ya con la retención aplicada, sin necesidad de realizar ningún trámite adicional en ese momento.
Aunque la retención se practica en el momento del cobro, es recomendable conservar la documentación del premio (justificante de cobro, décimo o boleto premiado) por si fuera necesario acreditarlo ante la Agencia Tributaria. En la mayoría de los casos, al tratarse de un gravamen especial independiente del IRPF general, no se integra en la base imponible general de la declaración de la renta, aunque conviene revisar cada caso concreto.
Si has conseguido un premio importante, tomarte un tiempo antes de decidir qué hacer con el dinero es una buena práctica. Infórmate bien sobre la parte que corresponde a impuestos, guarda toda la documentación del premio y, si tienes dudas sobre tu situación fiscal concreta, consulta con un profesional. Así podrás disfrutar de tu premio con total tranquilidad.
A partir de 40.000 € por décimo o apuesta. Los premios de hasta 40.000 € están totalmente exentos.
Un 20 % sobre la parte del premio que supera 40.000 €, no sobre el total.
328.000 € por décimo: de los 400.000 € se restan 72.000 € de impuesto (20 % de 360.000 €).
No, si ya se ha aplicado la retención del 20 % al cobrar: el gravamen especial se liquida en ese momento y el premio no se suma a la base imponible del IRPF.
La exención de 40.000 € es por décimo y se reparte en proporción entre los cotitulares. Cada uno tributa al 20 % por lo que supera su parte exenta.